Duda razonable con los Envíos de Correos

Pues es una putada bastante grande, y no comparto la forma de proceder del vendedor.

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Volvemos a lo de siempre.
Cuando compro soy yo quien elige el método de envío, si no quiero pagar más por la seguridad y protección del paquete es mi problema, no del vendedor.
El vendedor hace lo que tú le pidas y por lo que pagues.

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Hombre, yo soy de los que se conforman con el ordinario y asumo siempre la posible perdida. Otra cosa es el caso que describe el compañero, o al menos así lo entiendo yo.

No sé, para mí la frase “no me hago responsable de envíos por correo ordinario” lleva el significado implícito de hacerse al 100% responsable si el comprador elige certificado y paga la diferencia.

Es mi opinión, personal y totalmente subjetiva, y sin ánimo de polemizar.

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Pues sinceramente yo entiendo que el no hacerse responsable en envíos ordinarios es sencillamente porque no se puede saber fehacientemente si se ha recibido o no el paquete, por lo cual no cabe responsabilidad alguna del vendedor.

Del envío certificado sí te puedes hacer cargo, ya que Correos da seguimiento y sabes si se ha entregado, o se ha perdido, y hay una indemnización en estos casos, que se conoce porque es pública y es de 10 veces el valor del envío. Eso sí, la tiene que solicitar el remitente, y se tiene que responsabilizar de ello si hay una pérdida, sin excusas y hasta el final

De lo que es responsable el vendedor, en mi opinión, es de tramitar esa indemnización y devolver al comprador el valor íntegro de la indemnización que pague Correos, aunque la cantidad de esta sea mayor que el importe de lo vendido, ya que el vendedor ha recibido lo pactado, y el comprador se ha quedado sin el bien, así que los daños y perjuicios son para él, no para el vendedor. Si el valor de lo comprado es mayor de esa cantidad, el comprador conoce lo que se le indemnizará en caso de pérdida, y lo que vale lo que compró. Y es al comprador le correspondería asegurar por el valor real, o lo que considere adecuado, si es superior a esa indemnización que él conoce, y evidentemente pagar la diferencia en el envío. El vendedor no tiene por qué hacerse cargo de esa diferencia Estamos entre particulares, yo entiendo que es así, otra cosa son vendedores profesionales que imponen el método de envío y se someten a otra legislación. Eso sí, si el vendedor se lava las manos y no solicita las indemnizaciones por no hacer los trámites, a él le correspondería pagar de su bolsillo.

Así lo entiendo yo. Todos conocemos lo que pagamos, lo que cuesta el envío y lo que se indemniza en caso de pérdida. A cada uno lo suyo

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Al 100% :ok_hand:

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100% de acuerdo, no he dicho lo contrario en ningún momento.

Respecto al resto del mensaje lo entiendo y no tengo nada que reprochar, es ceñirse a lo legal, todo ok. Yo he dado por hecho siempre en todas las transacciones que veía en el zoco mediante correo certificado que el vendedor asumía una responsabilidad completa más alla de la mera obligación legal, tal vez de una forma un tanto ingenua por mi parte.

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No te estaba contestando a tí en este punto, Juan Pablo. Era simplemente una “introducción” al resto de la respuesta. Lamento si no me he expresado correctamente.

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Nada hombre :beers:

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Yo creo que depende de lo que vendas. Yo compro una maquinilla de 400€ que pesa 400g y solicito simplemente certificado, 6,71 de envío. 67,10€ de indemnización. Si se pierde, el vendedor tiene que quedarse sin la maquinilla que vale 400€ y poner de su bolsillo 332,90€ más? 332,90€ de pérdida real para el vendedor? No lo veo… Es el comprador el que debe pagar un seguro adicional por la diferencia, sabe que lo comprado vale 400€ y la indemnización sólo de 67,10€. Mucho morro no asegurar y pedir que te indemnicen el total de la venta.

Y la contraria. Compro un jabón unicornio con jabonera que pesa 600g. Pago por él 50€ y 9,67 por envío. Se pierde. La indemnización son 96,70€ y aunque yo pagué como comprador por él 59,67€ y me he quedado sin un buscado unicornio, el vendedor me da sólo esa cantidad y se queda para él con más de 36€. Por qué? Él ha obtenido el dinero que ha pedido en la venta. El comprador se ha quedado sin el unicornio, y ha pagado un certificado. La indemnización debe ser al 100% para el comprador, es el único perjudicado por la pérdida. El vendedor ha recibido lo solicitado y no ha tenido perjuicio alguno, más allá de tramitar la pérdida, que está obligado a hacerlo

Yo lo veo así. En cualquier caso, creo que en estos casos se deben dejar absolutamente claras estas cuestiones al cerrar la compraventa.

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Hasta hace bien poco para certificado sin valor asegurado creo que el maximo que te indemnizaba Correos son 50 pavos

Hola, Manuel. Salvo cambio en la normativa, creo que la indemnización máxima es de 30 o 35 €, aunque el valor declarado sea mayor. Corrígeme si me equivoco.
A no ser que se haya pagado un seguro. En Correos, creo que es 1 € por cada 50 € que asegures. Y lo digo con las reservas oportunas, según lo comentado anteriormente.

Aquí captura de la web de Correos

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Con permiso corrijo yo, el valor del envio multiplicado por 10 es la nueva normativa por perdida, año 2023.

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Por supuesto. Así me informo yo también :joy:

Tampoco quien lo recibe sabe si se lo has enviado

En principio para mí los envíos son responsabilidad de quien los envía.

Por tanto lo lógico es que no envies nada sin seguimiento y si es caro, con el correspondiente seguro, o asumas el riesgo de que haya problemas.
Si no hay confianza mutua no se debería hacer de otra forma.

Luego ya si el comprador insiste en otra opción y explícitamente quiere asumir el riesgo, luego no debería reclamar en casi de problemas.

Desde un punto de vista legal no lo tengo muy claro en el caso de particulares, en caso de profesionales sí tengo claro que es responsabilidad del vendedor el que todo llegue en orden.

Quien puede reclamar y es indemnizado es siempre el remitente.
El remitente es también quien decide las condiciones y pone el valor asegurado.

Mejor dejarlo todo clarito antes del pago.

Los acuerdos entre las partes no son válidos en el caso de que el cliente sea un particular y el acuerdo sea contra algún derecho legalmente estipulado, como garantías por ejemplo.

Si el vendedor es particular creo que no hay mucha legislación más allá de lo que pueda ser considerado engaño o estafa.

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Ese es un matiz importantísimo y que yo no estaba teniendo en cuenta ya que mis movimientos en el zoco creo que nunca han superado los 60€, ya sean compra como en venta.

Entiendo perfectamente el planteamiento.

El problema que yo veo aquí, y en el punto anterior igual, es que según me ha parecido entender más arriba, un envío siempre es legalmente del emisor hasta que el destinatario lo recepciona y a fin de cuentas tiene cierto sentido. ¿Que perjuicio tiene el comprador si se pierde algo que aún no era suyo?

Estoy intentando ver las cosas desde los distintos puntos de vista, y creo que cada uno tiene sus razones.

Al final esto es lo más importante y lo que debería quedar absolutamente claro al cerrar el acuerdo entre las partes.

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Se ha quedado sin un producto que a lo peor no vuelve a conseguir nunca, porque podría ser único. El vendedor ha recibido el dinero pedido, y cobrado antes del envío. En mi opinión, sólo es perjudicado el comprador en este caso. Diga lo que pueda decir la ley, yo entiendo que entre particulares el producto es tuyo cuando lo pagas, no cuando lo recibes. Pero eso es sólo mi opinión, no soy abogado.

En un producto que se puede comprar de nuevo sin problema, ya tengo más dudas “morales”. Ahí, personalmente, creo que el vendedor debería simplemente restituir al comprador el producto nuevo, si el valor del mismo es menor de la indemnización. Repartir ese “beneficio” entre los dos. Pero es mi opinión, sin razonamiento 100% lógico ni irrefutable :person_shrugging:

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En absoluto, en cualquier caso el vendedor cumplirá de sobra con devolverte lo pagado.

De pueda o no se pueda comprar no estará obligado a ningún otro tipo de compensación… En caso de engaño o estafa tal vez podría ser pero no cuando no ha habido mala fe o no ha sido el el causante.

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Posiblemente según las leyes sea así, no lo dudo, ni te lo discuto. Pero yo no lo veo así, el Derecho no siempre es igual que la justicia. Pero lo dicho, no soy abogado.

Como decía en una viñeta de Castelao el paisano del pueblo al cacique: “Usted tendrá mucho derecho, pero yo tengo mucha razón” En absoluto insinúo que no tengas razón, no hablo de tí y de mí, pero creo que entre particulares debe primar más la logica y la bonhomía que la ley. A eso, únicamente se refiere la viñeta

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Lo que cada uno considere justo dependerá de su forma de ver las cosas y la mayoría de las veces de su interés.

Por eso existen las leyes y cuando no hay una ley los usos y costumbres.

En caso de estar legislado da igual lo que cada uno pensemos, aunque hacer valer la ley no siempre es fácil.

La mayoría de las veces la ley es más justa que nuestras opiniones personales segadas y que no suelen contemplar todos los aspectos.

Al menos eso solía creer yo porque viendo la facilidad con la que últimamente legislan y cuánto inepto e ignorante pulula por el parlamento ya a veces lo dudo.

La lógica y bonhomía precisamente lo que indica es que quien tiene el producto y la sartén por el mango para decidir precio y condiciones es el vendedor y quién ha de dejarlo claro antes de vender.

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